En razón de lo antes expuesto, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas declara INADMISIBLE la presente solicitud que por calificación de despido incoara la ciudadana ANDRYMAR HELENA MARQUEZ COVIS contra la empresa G STYLOS. Y así se decide