Por las consideraciones expuestas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara CON LUGAR la acción incoada por el ciudadano GIANNY PAOLO CEVASCO LÓPEZ contra la empresa PUBLICIDAD VEPACO, C.A.; y en consecuencia se condena a la empresa demandada a cancelar los siguientes conceptos y cantidades: 1) Por concepto de salarios caídos: La cantidad de Bs. 26.400,00; 2) Por concepto de antigüedad e intereses: Por concepto de antigüedad: La cantidad de Bs. 6.404.17, más la cantidad de Bs. 120,84 por diferencia de antigüedad, previstas en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo. Por concepto de intereses sobre la prestación de antigüedad: La cantidad de Bs. 87.29. 3) Por concepto de vacaciones y de bono vacacional fraccionado: Vacaciones 2009-2010, así como los días d.....