este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución declara desistido el procedimiento y terminado el proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se condena en costas a la parte actora. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN