Se declara que el despido realizado a la ciudadana KENIA COROMOTO RAVELO VELANDIA, fue injustificado, y se ordena a la parte demandada FUNDACIÓN MISIÓN SUCRE, a reenganchar a la trabajadora, a su puesto habitual de trabajo en las mismas condiciones, cancelar los salarios dejados de percibir desde la fecha de la notificación de la parte demandada, seis (06) de octubre de 2006 (06/10/06)...,(omisis) ...hasta la fecha de la efectiva reincorporación de la trabajadora a sus labores habituales, en base al salario diario de Bs. 24.633,33, excluyendo del cálculo de los salarios caídos los lapsos en los cuales estuvo paralizada la causa por motivos no imputables a las partes, así como los lapsos por inactividad procesal, tales como las vacaciones judiciales, huelgas de funcionarios tribunalicios, etc. Y ASÍ SE DECIDE.
Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por haber resultado totalmente ven.....