En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, considera que si es procedente el reclamo incoado por los ciudadanos DIONISIO JOSE BARAZARTE, MARISOL MORALES DE ROA, JOEL VICENTE SANTIAGO CARDENAS, LUIS ALEXANDER FLORES TORRES, CARLOS RODOLFO INFANTE TORRES y JOHAN MANUEL ROJAS CASTRO. Asimismo, se dejaran transcurrir cinco (05) dias hábiles, a partir de la presente fecha 01 de diciembre de 2009, para que dentro de ese lapso en caso de que lo consideren pertinentes las partes ejerzan los recursos que les otorga la ley. Y ASI SE ESTABLECE.
El juez,
Félix Manuel Milano. La Secretaria,
Abg. DANIELA GONZALEZ VELAZCO