Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto (6º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros beneficios laborales; incoada por el ciudadano GUSTAVO DUGARTE OBANDO, titular de la cédula de identidad N° 3.499.586, en contra de la parte demandada en la presente causa, MULTISERVICIOS VILLARICA, C.A; quien deberá cancelar a la parte demandante las cantidades condenadas en el presente fallo, en los términos y por los conceptos antes señalados.
SEGUNDO: Por concepto de Prestaciones de antigüedad, la cantidad de DOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES BOLIVARES CON 87 CTMOS. (BS. 2.833,87), por concepto de vacaciones de bono vacacional la cantidad de SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS BOLIVARES CON OCHENTA Y CUATRO CTMOS (Bs. 652,8.....