Estando dentro de la oportunidad indicada para que sea llevada a cabo la Celebración de la Audiencia Preliminar se deja constancia de la inasistencia de las partes a la presente Audiencia ,(Parte actora y parte demandada). Em consecuencia este Juzgado de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara el Desistimiento del procedimiento y de la Instancia.