D E C I S I Ó N
En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre la ciudadana CAROLINA ESPEJO LEON contra la empresa DISTRIBUIDORA MICROMED C.A , en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada, en consecuencia, se da por terminado el procedimiento y se ordena el cierre y archivo del expediente.
El Juez
Abg. Felix Milano
La Secretaria
Abg. Xiomara Gelvis