este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana NORIA GALICIA, identificada en autos, contra la empresa "SERVICIOS DE POZOS ANZOATEGUI CA, S.P.A., CA". En consecuencia, se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora la cantidad "ONCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLIVARES FUERTES CON TRES CENTIMOS" (f 11.479,03) por la admisión de los hechos en el presente juicio.
Más intereses sobre prestaciones sociales e intereses de mora que arroje la experticia complementaria del fallo.
Se condena en costas a la parte demandada por resultar totalmente vencida.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA
Dado, Sellado y firmado en la Sala del Despacho del Juzgado Sexto de Primera Instancia .....