Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana LISBETH JOSEFINA CARDENAS ARCIA, ampliamente identificada en autos, contra la empresa "ALICO LOUNGE 1215, C.A., ". En consecuencia, se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora la cantidad "TRES MIL TRES" (Bs 3.003,30), por: Prestación de antigüedad, Vacaciones fraccionadas, Bono Vacacional fraccionado, utilidades, utilidades fraccionadas, Salarios retenidos, Recargo por dia feriado. .
Más intereses sobre prestaciones sociales e intereses de mora que arroje la experticia complementaria del fallo.
Se condena en costas a la parte demandada por resultar totalmen.....