Estando dentro de la oportunidad indicada para que fuese reanudada la Audiencia Preliminar se deja constancia de la asistencia de las partes a la presente Audiencia quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y con la anuencia del Juez han llegado a una Mediación Positiva.