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Decisiones del dia 22/10/2014

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : ASUNTO-AP21-S-2014-003862. N° Sentencia : Fecha: 22/10/2014
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
PARTE OFERENTE: SUSHI MARKET EVENTOS C.A, - PARTE OFERIDA: NORELIS ANDREINA MENDOZA MORENO,
Resumen:
En consecuencia, este Juzgado, en virtud de que la Transacción celebrada no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras, por cuanto han sido discutidos, versa en escrito y contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motiven y los derechos en ella comprendidos, le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA a la transacción suscrita por las partes. Finalmente, habiendo constatado el pago total efectuado de manera íntegra, no teniendo ninguna otra actuación procesal que realizar con ocasión a la presente Oferta Real de Pago, se da por terminado el presente procedimiento. Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada de la presente decisión. La Jueza. Abg. Carolina Chakian Mayallan. La Secretaria Abg. María Veruskha Dávila.
Juez/Ponente:
Carolina Chakian
Organo:
Juzgado Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente : Asunto-AP21-L-2014-002710 N° Sentencia : Fecha: 22/10/2014
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos
Partes:
PARTE ACTORA: JOSE MATIAS-PARTE DEMANDADA: NORA MORA DE SANCHEZ
Resumen:
en consecuencia, se considera que la parte demandante no ha corregido el libelo de la demanda en la oportunidad señalada, en virtud de ello, este Juzgado Sexto (6º) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de este Circuito Laboral, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pudiendo presentar nuevamente su demanda dentro de los lapsos establecidos en la ley. Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada de la presente Decisión. En la ciudad de Caracas a los veintidós (22) de mes de octubre de 2014. La Juez Abg. Carolina Chakian Mayarllan. La Secretaria Abg. María Dávila. Abg. María Verushka Dávila
Juez/Ponente:
Carolina Chakian
Organo:
Juzgado Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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