Este tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 3° de la Ley Orgánica del Trabajo y 10 y 11 del Reglamento ejusdem, HOMOLOGA LA PRESENTE
TRANSACCIÓN, ya que el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, dándole efecto de Cosa Juzgada Igualmente se procede en este acto a hacerle entrega de la pruebas a las partes. Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en la misma ciudad, a los veinticinco (25) días de noviembre de dos mil nueve (2009). Año 199 de la Independencia y 150 de la Federación. Es todo, Terminó y firman.
LA JUEZ LA SECRETARIA
Por LOS DEMANDANTES Por LA DEMANDADA
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Yessika Maribao Mariela Castro Guerrero
Apoderado Parte Demandante Apoderado Parte Demanda.....