Estando dentro de la oportunidad indicada para que sea llevada a Cabo la Celebración de la Audiencia Preliminar se deja constancia de la presencia de la parte demandada a la presente Audiencia, más no la parte actora, sino su abogada asistente. la cual no presentó poder alguno que le diese faculta para representación. Por ende de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo "Se Declara el Desistimiento de la Instancia y la terminación del Proceso "