este Tribunal Sexto de Sustanciación Mediación y Ejecución, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: que corresponde a los Tribunales de Municipio del Área Metropolitana de Caracas, que resulte de la distribución de la presente causa, la competencia para conocer del juicio de Estimación e Intimación de Honorarios profesionales incoado por la ciudadana JANET GIL, abogada en ejercicio y de este domicilio e inscrita en el Inpre abogado bajo el Nro 80.025, contra la Empresa COORPORACIÓN VENEZOLANA DE PROPIETARIOS DE CABALLOS PURA SANGRE DE CARRERAS (COPROCA).
Asimismo, se dejaran transcurrir cinco (05) días hábiles a partir de la presente fecha, treinta y uno (31) de Mayo de 2010, para que dentro de ese lapso en caso de que lo consideren pertinentes las partes ejerzan los recursos que les otorga la ley. Y ASI SE ESTABLECE.
EL JUEZ,
Abg. Félix Manuel Milano. La s.....