En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre la ciudadana SONSIRE VIDAL y la empresa CONSIS INTERNATIONAL, C.A.; en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada, y una vez que conste en auto el ultimo pago se dará por terminado el presente asunto y se ordenara el archivo definitivo y su cierre informático. Asimismo se ordena librar oficio a la Coordinación de Secretarios y a la Coordinación Judicial a los fines de excluir el presente asunto del sorteo.