Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por prestaciones sociales y otros conceptos, interpuso el ciudadano LUDOVINA RANGEL PERNIA contra VENEZOLANA DE BIENES 2000, C.A., actualmente denominada CORPORACIÓN INBIENES, C.A. ambas partes debidamente identificadas en autos. Condenándose a ésta ultima al pago de la cantidad de Bolívares CATORCE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y UNO MIL DOSCIENTOS OCHENTA BOLIVARES CON TREINTA Y UNO CENTIMOS (Bs. 14.691.280,31), por concepto de Vacaciones; Bono Vacacional; Utilidades; antigüedad artículo 108 de la LOT; Intereses sobre prestaciones sociales; Indemnización por despido injustificado articulo 125 de la L.O.T.
Igualmente se co.....