Por recibido el presente asunto proveniente del Juzgado Cuarto Superior de este Circuito Judicial a los fines de dar cumplimiento a sentencia dictada en fecha 23.11.2006. Asimismo, vista la diligencia suscrita por los abogados FRANCO CASTELLANETA, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano PEDRO ANTONIO VIZCAINO, y GABRIEL CALLEJA ANGULO, actuando como apoderado judicial de la parte demandada AEROPANAMERICANO, C.A, mediante el cual presentan escrito de transacción acordándose un pago total por la cantidad de Bs. 60.000.000,00, este Juzgado previa revisión del mencionado escrito y siendo que el mismo cumple con lo requerido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, dándole efectos de la Cosa Juzgada .Asimismo se ordena el cierre y archivo del presente expediente. ARCHIVESE.