Visto el escrito suscrito por los abogados KEILA PEREZ RODRIGUEZ, abogada asistente del ciudadano VICTOR LA CRUZ, representante de parte demandada PROALVECA, C.A y MERY RODRIGUEZ PINTO, apoderada judicial a la parte actora ciudadano JESUS MANUEL GUAICAIA, mediante el cual presentan transacción acordándose un pago total por la cantidad de Bs. 3.000.000,00, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas previa revisión del mencionado escrito y siendo que el mismo cumple con lo requerido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, dándole efectos de la Cosa Juzgada .Asimismo se ordena el cierre y archivo del presente expediente. ARCHIVESE.