En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre la empresa SODEXHO VENEZUELA ALIMENTACIÓN Y SERVICIOS, C.A., y el ciudadano CARLOS JOSE JAIME PARADA en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada, en consecuencia, se da por terminado el procedimiento y, se ordena el cierre y archivo del expediente.-