Vista la diligencia, que antecede de fecha 27 de septiembre de 2006, suscrita por la abogada Norelys Bruzual, I.P.S.A. N° 103.406, en al cual desiste de la solicitud de calificación de despido incoada contra la empresa CONSTRUCTORA JULYONE, C.A., y asimismo consigna copia de los comprobantes de pago efectuado por la demandada a favor del ciudadano Ivan Garcia; este Juzgado HOMOLOGA el desistimiento presentado en los términos expuestos. Así se decide.