En consecuencia, vistas las anteriores exposiciones, este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, imparte correspondiente HOMOLOGACIÓN, dándole efectos de Cosa Juzgada, en consecuencia, se declara terminado el presente juicio y se ordena el cierre y archivo del expediente tanto físico como informático. Así se decide. Cúmplase lo ordenado. Asimismo se deja expresa constancia que la presente actuación se realiza el día de hoy por cuanto el juez se encontró de reposo medico en el periodo comprendido desde el 24 de Mayo de 2010 en horas de la tarde, hasta el 02 de Junio de 2010, ambas fechas inclusive.-
El Juez
El Secretario
Abg. Franklin Porras Mendoza
Abg. Julio Hernández