DECISION
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ASDRUBAL JOSE SALAZAR SOFUA, identificado en autos, contra la demandada "COOPERATIVA DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD INTEGRAL PROINT 380 R.L.,". En consecuencia,
se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora la cantidad "OCHO MILLONES CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO BOLIVARES CON CERO SIETE CENTIMOS" (Bs. 8.042.278,07) por:
días s.d.
ANTIGÜEDAD 142 LOT y Días adicionales 190.682,07
Intereses de P/S 32.697,94
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