En consecuencia, en esta fase de sustanciación como en mediación resulta IMPROCEDENTE la solicitud de paralización del procedimiento interpuesta por el apoderado judicial de la demandada. Y así se establece.
En base a lo antes expuesto, se ordena de manera inmediata que en la presente causa, previo sorteo, se lleve a cabo AUDIENCIA PRELIMINAR, a las 9:00AM del DÉCIMO (10°) DÍA HÁBIL SIGUIENTE al de hoy, sin necesidad de notificación de las partes pues se encuentra a derecho. Y así se establece.
El Juez