En el día de hoy 28 de Enero de 2.009, siendo las 8 Y 57 A.M. oportunidad fijada para tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los Ciudadanos: Abogada MARIA SUAZO SUAREZ I.P.S.A. 63.410 , en su condición de apoderada judicial de la parte actora; Por otra parte se deja constancia de la comparecencia de el apoderado judicial de la parte demandada SIN BANDERAS, C.A. y LA SABANA 2003, C.A(RESTAURANT LA ROMANISSIMA), representada por el ABOG. FREDDY GARCIA I.P.S.A. NRO. 123.299, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Seguidamente ambas partes en forma conjunta exponen: A fin de dar por terminado el presente juicio hemos convenido en realizar la siguiente transacción: La Parte demanda anteriormente señalada conviene en cancelar a la parte actora en este acto la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES CON 00/100 ( Bs. 40.000,oo) los cuales seran pagados de la siguient.....