solicitando a su vez ambas partes a la ciudadana Juez Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución se sirva impartir su HOMOLOGACION a la presente transacción. En la ciudad de Caracas a la fecha y hora de su presentación. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de el extrabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. El cierre y archivo del expediente se ordenara una vez conste en autos los pagos acordados, asimismo, se hace entrega en este acto de las pruebas aportadas por las partes..
La Jueza
La Secretaria
Abg. Yrma Romero
Abg. Keyu Abreu
La Parte actora
La apoderada judicial de la parte actora
La apoderado judicial de la parte demandada
En esta misma fecha se público y regi.....