este Juzgador después de revisar exhaustivamente el escrito y comprobando que el mismo cumple con los requisitos exigidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, al no vulnerar derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, le imparte su HOMOLOGACIÓN en los términos indicados en el referido escrito. Asimismo, se deja constancia a los fines estadísticos que el monto de la Oferta Real de Pago fue por la cantidad de CIENTO DIECIOCHO MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (BS. 118.000,00), de igual manera se deja constancia que la presente transacción fue homologada en fase de Sustanciación. Asimismo se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo definitivo, previo inventario y legajo, así como su cierre informático. Así se decide.-
EL JUEZ
ABG. YRMA ROMERO
EL SECRETARIO
ABG. KEYU ABREU