En este estado se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, ciudadana YNDRA CAROLINA GONZALEZ CASTILLO, por lo cual no se efectúa el traslado del Despacho a los fines de la practica del acto pautado; en el entendido de que se fijará nueva oportunidad para llevar a cabo la medida decretada, previa solicitud de la parte interesada.