Con base a las consideraciones anteriores, este Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA por el ciudadano OMAR ANTONIO VICENT PEÑA contra la empresa PALADAR BAKERY, C.A., por concepto de cobro de diferencia de prestaciones sociales, condenándose a ésta última, al pago de la cantidad de TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS VEINTITRES BOLIVARES FUERTES CON OCHENTA Y UN CENTIMOS (Bs. F. 32.423,81) por los conceptos que fueron determinados en el cuerpo de la presente decisión