Por las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la impugnación a la experticia presentada por la Licenciada Lenor Rivas, en el juicio seguido por los ciudadanos OLGA GUAREGUA, MERCEDES GARCIA y TEODORO PARADA contra la sociedad mercantil INVERSIONES LA GARCA C.A. (Restaurant El Chalet Suizo), en consecuencia, la demandada deberá cancelar las cantidades señalas en el Cuadro resumen, el cual expresa conceptos y montos para cada uno de los trabajadores.