REPONE LA CAUSA al estado que se designe nuevo experto contable, a los fines que practique la experticia complementaria del fallo; todo en el juicio seguido por Diferencia de Prestaciones Sociales interpuesto por los ciudadanos BRIGIDO LINARES, RAMON PEREZ y FELIX DURAN contra las Sociedades Mercantiles COTECNICA CARACAS C.A., COTECNICA CHACAO, COTECNICA LA BONANZA C.A. SERVICIOS PLASTICOT 405 C.A., SERVICIOS COTECNICA C.A., COTECNICA BARUTA C.A., MANTENIMIENTOS URBANOS C.A., INVERSIONES COTECNICA CARACAS C.A. y COTECNICA C.A., ambas partes plenamente identificados en este fallo.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del presente fallo.