este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA interpuesta por la ciudadana LUIS RAFAEL RIVAS LARA contra la Sociedad Mercantil CUAREZ BIZZINI C.A.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del presente fallo.
Publíquese y Regístrese.
Dado, Firmado y Sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los nueve (09) días del mes de noviembre de 2007.
EL Juez
Abg. Neyireé Toledo
La secretaria
Abg. G.....