Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA en el juicio seguido por el ciudadano MARBELLA ONTIVEROS, JAVIER JOSE SANGUINETTI, JOSEFA MARQUEZ, RAMON GONZALEZ y FRANCISCA LIMPIO contra MINISTERIO DE AGRICULTURA Y CRIA Y TIERRAS, INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI).