En este estado, este Tribunal de una revisión minuciosa observa que no se vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables de la trabajadora, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras, se HOMOLOGA EL ACUERDO de las partes en los términos previstos, por los conceptos y montos desglosados. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman