Este Tribunal visto que el acuerdo no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos expuestos, dándole EFECTOS DE COSA JUZGADA. Se deja constancia de la devolución de pruebas aportadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman: