Considerando que según lo ordenado en la sentencia objeto de experticia, la experta deberá determinar: la prestación de antigüedad y sus intereses, con una antigüedad de la trabajadora de 9 años, 9 meses y 16 días, vacaciones, bono vacacional y utilidades fraccionadas, intereses moratorios y la indexación, este Juzgado estima que para la ejecución del trabajo el tiempo requerido es de cinco (5) horas, que multiplicadas por la cantidad de Bs. 608,00, que es el valor de la hora según el Instrumento referencial de Honorarios mínimos , aprobado en la XVII Asamblea Nacional de Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela celebrada los días 9 y 10 de septiembre de 2005, y la unidad tributaria de Bs. 76,00 vigente, arroja un total TRES MIL CUARENTA BOLIVARES con 00/100 (Bs.3.040,00), cantidad ésta, en la cual este Juzgado fija los honorarios de la experto contable designada.