REVOCA el auto dictado por este Juzgado en fecha 12 de agosto de 2004 y su complementario de fecha 13 de agosto de 2004, en el juicio por prestaciones sociales incoado por la ciudadana GLADYS JOSEFINA GUEVARA contra el ESCRITORIO JURIDICO DRA. MARIBEL PARRAGA, quedando válidas todas las actuaciones procesales previas a los autos que hoy se revocan.
SEGUNDO: DECLARA que el único obligado actualmente a dar cumplimiento a la sentencia definitiva dictada en fecha 13 de mayo de 2004, por este Juzgado en la cual se declaró con lugar la demanda por prestaciones sociales incoada en el presente juicio, es el ESCRITORIO JURIDICO DRA. MARIBEL PARRAGA