Como consecuencia de lo antes expuesto, considera quien decide negar la homologación al acuerdo transaccional suscrito, considerando el monto recibido por el trabajador oferido como un pago a cuenta de prestaciones sociales; todo en el procedimiento de Oferta de Pago realizado por la entidad de trabajo MICROSOFT VENEZUELA, S.A., a favor del ciudadano JUAN LUIS HERRERA MARTIN; no habiendo condenatoria en costas dada la naturaleza de lo decidido. Así se decide.