este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en aras de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en cumplimiento de los requisitos de ley, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: LA REPOSICION de la causa al estado de dictar nuevo auto de admisión de la tercería , en el cual se ordene el emplazamiento, a la celebración de la audiencia preliminar , a las 8:30 a.m. del Décimo (10º) día hábil siguiente a la constancia que deje secretaría en autos sobre las notificaciones ordenadas, una vez transcurrido el lapso de veinte (20) día hábiles contenido en el artículo 85 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República. Asimismo, se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República de la admisión de la tercería en el presente juicio, adjuntando co.....