En vista que la mediación ha sido positiva, es por lo que esta Juzgadora reafirmando su jurisdicción para el conocimiento del presente asunto y a los fines de la validez de su pronunciamiento homologa el acuerdo transaccional, dándole efecto de Cosa Juzgada; de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y una vez transcurrido el lapso de Ley, se ordenará el cierre y archivo del expediente.