En este estado Visto el acuerdo Transaccional antes descrito, este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, verificado como ha sido la comparecencia de la apoderada judicial de la parte actora, abogada Betsy Escobar, inscrita en el Ipsa bajo el número 43.861, quien actúa facultada para transigir, disponer del derecho en litigio y recibir cantidades de dinero, tal como se evidencia de instrumento poder cursante a los folios 07 al 08 del expediente; y que la apoderada judicial de la demandada, Inversiones Cristama, c.a., (Restaurant Atarraya), la abogada Fanny Columba Mora Maldonado, inscrita en el Ipsa bajo el número 49.399, antes también identificada, ha actuado debidamente facultada para transigir y disponer del derecho en litigio, tal como se evidencia de instrumento poder consignado en la oportunidad de la audiencia preliminar cursante a los folios 36 al 37 del ex.....