Por todo lo expuesto y dada la falta de subsanación de la parte actora, que le fuera ordenado, este Juzgado Décimo Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución, de conformidad con el articulo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara la INADMISIBILIDAD de la demanda interpuesta por la ciudadana IVETTE MARIA ARAY MORENO, en contra de las codemandadas CENTRO INTERNACIONAL DE EDUCACION Y DESARROLLO (CIED), PETROLEOS DE VENEZUELA, S.A. (PDVSA) y PDVSA INSTITUCION FONDO DE AHORROS (PDVSA- IFA) . En cumplimiento de lo dispuesto en la antes referida disposición legal, en el día de hoy 22 de Mayo de 2007 se diarizó y publico la presente decisión.
El Juez
La Secretaria
Abog. Eduardo Núñez
KELLY SIRIT