Vista la diligencia presentada por la abogado MARY MOSCHIANO inscrita en el IPSA bajo el Nº 68.072, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente, mediante la cual manifiesta la voluntad de desistir de la presente solicitud de Oferta Real de Pago, ahora bien, verificada por este tribunal el estado procesal del expediente y constatada la facultad legal para ello, este tribunal administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Homologa el desistimiento y en consecuencia se ordena transcurrido que sean los cinco (05) días hábiles siguientes se proceda al cierre y archivo definitivo del expediente. Así se decide.-