Vista la diligencia de fecha 03 de agosto de 2007, suscrita por la ciudadana MARIA AGUIRRE, titular de la cédula de identidad N° E-81.377.804, en su carácter de PRESIDENTA de la demandada INVERSIONES BACHITA C.A., asistida por el abogado LUIS PORRAS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 23.825, mediante el cual consigna en este acto copia simple de cheque de gerencia N° 041341304467, a favor de la ciudadana KEZZY ADELAIDA COLINA ACOSTA, por la cantidad condenada, asimismo para dar fiel cumplimiento al fallo consigna copia simple de cheque de gerencia N° 041341304468 a nombre del Lic. Cosme Parra, experto contable designado en la presente causa, igualmente, solicita al ciudadano Juez levante la medida de embargo decretada en la presente causa y ordene el archivo del expediente y de por terminada la presente causa, en consecuencia, es forzoso para este Juzgado considerar improcedente lo solicitado por la parte demandada por cuanto no consta en autos que la parte actora haya recibido dicho .....