Visto el escrito transaccional presentado en fecha tres (03) de Noviembre de 2006, por la abogada MARÍA DE FREITAS, en su carácter de apoderada Judicial de la parte demandada y el abogado ALEJANDRO RODRIGUEZ asistiendo en este acto a la ciudadana ROSSANA PAREDES en su carácter de accionante, mediante el cual solicitan la homologación del mismo; en tal sentido y por cuanto no han sido vulnerados los derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con los Artículos 10 Y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. En cuanto al cierre y archivo del presente expediente, este Juzgado, se pronunciará por auto separado, una vez que conste en autos la cancelación en su totalidad del monto transado. Así se establece.