III
D E C I S I Ó N
En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre la parte demandada entidad de trabajo empresa "BANCO ACTIVO CA BANCO UNIVERSAL" y la parte actora ciudadano FERNANDO ALEXANDER DIAZ BEZONES, titular de la C.I.V-6.925.269, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, dejando expresa constancia que solo quedan homologados los conceptos de carácter laboral que son objeto de este litigio, salvo del desistimiento de la acción por ser contraria a principios de rango constitucional. ASÍ SE ESTABLECE.-
Visto que por razones justificada el Circuito Laboral del Trabajo del Area metropolitana de caracas no despacho desde el día 21 de diciembre de 2015 y hasta el día 06 de ener.....