Vista el acta de fecha 19 de junio de 2007, mediante el cual no fue posible llegar a un acuerdo entre las partes y este Tribunal ordenó continuar con la ejecución de la sentencia, en consecuencia, este Juzgado fija para el día 20 de SEPTIEMBRE de 2007, a las 09:00 a.m., para que sea practicada la medida de embargo ejecutivo en la presente causa. Igualmente, se insta a la parte actora a que señale bienes propiedad de la parte demandada, a los fines de realizar dicho embargo. Asimismo, se ordena librar oficio a la Comandancia de la Policía Metropolitana de Caracas. Líbrese Oficio.-