En atención a los argumentos expuestos, considera este Juzgador, que se la notificación no fue verificada debidamente, y no alcanzó el fin con ello perseguido, ya que la notificación presenta vicios.
Por consiguiente y en consideración a los antes expuesto, este Tribunal se abstiene de abrir la audiencia preliminar y se ordena una vez firme la presente acta la remisión del presente al Juzgado Sustanciador a los fines legales pertinentes. Así se decide.-
El Juez Titular
Abg. Anibal F. Abreu P.
La Secretaria
Abg. Diraima Virguez
El apoderado judicial del actor