En el día hábil de hoy trece (13) de junio de dos mil seis (2006), siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se dejó expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. No obstante el tribunal dejó constancia de la comparecencia de la abogado MARIA ANDREINA SEGNINI VILLALOBOS, inscrita en el IPSA bajo el N° 82.620, quien manifiesta ser la apoderada judicial de la demandada, pero no porta el poder en este momento, por lo que no puede hacerse presente con tal carácter.