En virtud que en el día de hoy, estaba previsto la oportunidad para la práctica de la medida ejecutiva de embargo en el presente expediente, tal como consta de auto dictado por este Juzgado de fecha 13 de junio de 2007, por cuanto la parte demandante no compareció, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, este Juzgado declara desierto el acto y deja constancia que se fijará la oportunidad para practicar la referida medida una vez la parte demandante lo solicite.-